En Administración de Fincas Serrano Lobo S.L. tenemos más de 50 años de experiencia en la administración de fincas y la gestión de comunidades de propietarios en Alcorcón.
Como empresa experta en la administración de propiedades, contamos con el beneficiario de las siguientes pólizas de seguros suscritas por el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid:
Estos y muchos factores más, nos hacen ser una empresa acreditada y verificada, que puede asegurar que tus propiedades estarán en muy buenas manos.
a) Gestión de cobro de los recibos de provisión de fondos mensuales tanto de los presupuestos ordinarios como extraordinarios.
b) Control y pago de todas las obligaciones económicas de la comunidad de carácter periódico y regular, así como otras de carácter excepcional que encomiende al administrador, al objeto de mantener un correcto funcionamiento de todos y cada uno de los servicios del inmueble todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Ley de Servicios de Pago.
Se excluye de este servicio, expresamente, el pago de cualquier obligación económica particular de los copropietarios de la finca.
c) Elaboración del estado de cuentas final del ejercicio, con detalle de los cobros y pagos efectuados, con sus correspondientes justificantes y liquidación de saldos individuales de los copropietarios, con arreglo al sistema de reparto de gastos resultante de las disposiciones legales, estatutos o acuerdos de junta aplicables.
(La elaboración de las cuentas anuales es el mínimo exigido legalmente, con objeto de ser sometidas a la junta de propietarios ordinaria. Ello no obsta para que pueda estipularse con la comunidad una periodicidad inferior: mensual, trimestral, etc.).
d) Preparación del presupuesto anual de gastos y proponer los medios necesarios para hacer frente al mismo.
e) Convocatoria de juntas generales, ordinarias y extraordinarias y asistencia por un administrador de fincas colegiado, levantando acta de los acuerdos que se adopten para su posterior transcripción al libro de actas de la comunidad, así como la notificación de las actas a todos los copropietarios de la finca.
f) Se atenderá a la conservación y mantenimiento del inmueble disponiendo las reparaciones y medidas de carácter urgente, debiendo informar de forma inmediata al presidente o, en su caso, a los propietarios.
También es muy importante tener en cuenta que:
Los siguientes servicios también son propios de la administración, pero no los incluye obligatoriamente el contrato con el administrador:
El administrador ajustará su actividad a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos (RGPD).
© Todos los derechos reservados